El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación valora el acuerdo alcanzado entre la Unión Europea y el Reino Unido para la fijación de los Totales Admisibles de Captura (TAC) y cuotas para 2023 de las poblaciones de peces compartidas entre ambas partes, ya que se producen incrementos significativos para las especies de mayor interés para la flota española.
El acuerdo, firmado ayer por la Comisión Europea y el Reino Unido, culmina un periodo de consultas que se inició en el mes de octubre, El acuerdo fija TAC y cuotas para 114 stocks, de los que más de 40 resultan de interés para España, entre los que se encuentran tanto especies principales y emblemáticas, como otras que sin tener la misma importancia resultan determinantes para mantener la actividad de la flota porque permiten evitar el denominado efecto de estrangulamiento por la obligación de desembarque.
Entre las especies principales destacan los buenos resultados para la merluza norte (aguas del Reino Unido, Irlanda y Francia), con un incremento del TAC del 5 %. Los rapes y gallos de las zonas 7 y 8abde (fundamentalmente aguas de Irlanda y Francia), aumentan un 11 % y un 12 %, respectivamente, mientras que la cigala de Porcupine, donde se siguen plenamente las recomendaciones científicas disponibles bajo el Rendimiento Máximo Sostenible, se incrementa en un 35 %. De estos incrementos se benefician unos 90 buques españoles que utilizan artes de palangre de fondo, arrastre y volanta.
En algunos casos de menor dependencia económica se producen algunas disminuciones de los TAC acorde a las recomendaciones científicas, como para los gallos y rapes del oeste de Escocia (zona 6 del ICES), o la maruca, pero las cuotas disponibles para España en 2023 se sitúan por encima de las necesidades constatadas en base a los niveles de capturas realizadas en los últimos años.
Entre las especies potenciales de estrangulamiento destaca el resultado obtenido para el besugo de las zonas 6, 7 y 8 (capturado principalmente en aguas del Cantábrico y Francia), con mantenimiento del TAC para 2023 para capturas accesorias. En el caso del bacalao de la zona 7 se mantiene el TAC de 2022, mientras que para el de la zona 6 se produce una ligera reducción. En estos tres casos las actuales recomendaciones científicas son de TAC 0 para 2023, de modo que es necesario adoptar niveles de cuotas mínimos que permitan cubrir las capturas accesorias inevitables que se producen en el desarrollo de las pesquerías dirigidas a las especies principales.
Aún así, para 2023 se continúa el refuerzo de las medidas para apoyar la recuperación de estas especies, como el caso del besugo a través de la implantación de nuevas zonas de vedas promovidas por España a nivel regional y que serán adoptadas oficialmente en los próximos días por la Comisión Europea.
Existen otras especies de interés para España que también se reflejan en el acuerdo entre la UE y Reino Unido, fundamentalmente de pequeños pelágicos. Así, a falta de concluir consultas entre los denominados Estados costeros de la NEAFC (Unión Europea, Reino Unido, Noruega, Islas Feroe, Islandia y Groenlandia) en los primeros meses de 2023, se fijan TAC para la bacaladilla y la caballa. En el primer caso la cuota todavía es provisional para el denominado componente norte, pendiente también del cierre del acuerdo bilateral con Noruega para 2023. Para el componente sur, el que captura la flota española fundamentalmente, su cuota se incrementa en un 80% con respecto a 2022. De ello se beneficia fundamentalmente la flota de arrastre del Cantábrico y Noroeste. En el caso de la caballa, a pesar del ligero descenso del TAC recomendado por el Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES, por sus siglas en inglés), la cuota española inicial se incrementa un 20 %. En 2022 ha finalizado el pago de la multa por sobrepesca de esta especie en el año 2009, y que suponían una deducción automática de la cuota española desde 2016 de 5.544 toneladas anuales.
En el caso del stock de jurel oeste se adopta una importante reducción de las cuotas disponibles respecto a 2022, del 78 %, pero se evita el cierre de la pesquería recomendado por el ICES que hubiera supuesto el estrangulamiento de muchas de las pesquerías comunitarias, entre ellas el de la flota pesquera española. De este modo, dichas cuotas cubrirán las capturas accesorias inevitables que se produzcan en el desarrollo de las pesquerías.
Además, el acuerdo desarrolla algunos otros elementos de interés y trabajo futuro en la relación pesquera bajo el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y Reino Unido. De especial interés es la incorporación de una medida demandada por parte de la flota española, como es el acceso a las aguas del Reino Unido para, en caso necesario, poder capturar atún blanco, algo que hasta ahora no era posible.